personal, en este caso de la función pública, cuenta con la formación adecuada para
ejercer las funciones de tutorización dentro de una formación dual activa, donde el
alumnado pasa a ser el centro de la acción y el docente-tutor un guía y referente que
condicionará al alumnado en aspectos personales y formativos (Jofré, 2009).
1.1. Contextualización inicial
A nivel legislativo la educación española ha vivido en los últimos 150 años dos
períodos bien diferentes. El primero se corresponde con la tapa preconstitucional, la
legislación en vigor ha contado con el tiempo más que suficiente, para asentarse. En el
segundo período, coincidente en el tiempo con la historia constitucional reciente, se
observan continuos cambios legislativos, en gran medida propiciados por los
cambiantes modelos políticos, visiones partidistas y contento electoralista (Viñao &
Frago, 2002).
Así tras cien años de legislación educativa en la que la Ley Moyano (Montero, 2009)
definió e implantó un modelo en el que el docente era el centro del proceso educativo y
donde el sistema de transmisión del aprendizaje consistía en clases de corte
memorístico, lo que llevaba a una interiorización de los contenidos gracias a incesantes
repeticiones de los mismos se pasó en los años 70 del Siglo XX a un cambio propiciado
por la promulgación de la Ley Villar Palasí (BOE.es, 1970), que llevó a la
estructuración de la educación en una serie de niveles, donde la edad y la madurez
determinaban el paso de una a otra, pero sin modificar un aspecto tan fundamental como
la metodología de transmisión del conocimiento, manteniendo el sistema memorístico
de la legislación previa.
El cambio de régimen político a uno nuevo de corte constitucional propició la necesidad
de una serie de cambios impuestos desde las nuevas instituciones, con el fin de
acercarse a los requisitos demandados por organismos a los cuales pretendía el nuevo
régimen acceder: Unión Europea y OCDE, los cuales orientaron el cambio y giro hacia
nuevos modelos educativos de corte más social (del Castillo, 2018).
La última de las legislaciones educativas promulgadas y observadas es la LOMLOE
(BOE.es, 2020). Esta refuerza, más si cabe, una educación en la que las metodologías
activas son el eje vertebrador de la misma, lo que conlleva a un cambio de rol no sólo a
nivel docente, sino también a nivel de alumnado. Y es que el docente pasa de ser el
centro de los procesos de enseñanza-aprendizaje a ser un mero observador, guía,
conductor y proporcionador (Martí et al., 2010), mientras que el alumnado adquiere el
rol central en dichos procesos, formando parte de los mismos en cuanto que dirige su
propia formación gracias al refuerzo de competencias y habilidades, las cuales le serán
requeridas en un futuro próximo en el que acceda al mercado laboral.
No será hasta el último cuarto del pasado siglo en que se observa una fractura entre la
educación reglada que adoptó un currículo inflexible, propiciando una transmisión del
conocimiento y las necesidades formativas alejadas de lo que el mercado laboral