Mejoramiento del reconocimiento de ingresos a partir de la NIIF 15 en Ecuador
DOI:
https://doi.org/10.35290/rcui.v5n1.2018.64Palabras clave:
NIIF, Ingreso actividades ordinarias, contratos clientes, precio transacciónResumen
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros el 21 de agosto de 2006 mediante la resolución 06.Q.ICI.004 estableció la aplicación obligatoria de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) en el Ecuador (Superintendencia de compañías, 2006). Esta resolución determina que cualquier cambio o actualización a estas normas internacionales serán de aplicación local y de carácter mandatorio. En mayo de 2014, el Consejo emitió la NIIF 15 referida a los Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes que proporciona un marco integral para el reconocimiento de los ingresos, por lo cual la aplicación y transición de esta nueva norma afectará a todos los negocios, en grados diversos de acuerdo a la operación y giro de negocio de cada compañía, tal es así que con una fecha efectiva de transición, que comenzó el 1 de enero de 2017, proporcionó a las entidades la oportunidad para considerar de manera cuidadosa los nuevos requerimientos y resolver por adelantado problemas potenciales en cada área que afecte (Deloitte, 2017).Descargas
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